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    Variación del criterio jurisprudencial en relación a los factores salariales para liquidar pensiones de jubilación de servidores públicos de orden nacional

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    Artículo de investigaciónLa pensión de jubilación, es una garantía que les permite a los trabajadores gozar de una vejez digna, contando con un ingreso mensual que satisfaga sus necesidades esenciales, la cual queda cubierta al momento que son retirados del campo laboral, por razones de su edad. A los servidores públicos del país, también se les reconoce unos derechos en materia de seguridad social en pensiones, es así, que tienen derecho a una pensión de jubilación al momento de cumplir una determinada edad y que la misma se liquide sobre el 75% del salario devengado en el año anterior al de adquirir el status de pensionado.41 p.INTRODUCCIÓN METODOLOGIA 1. DERECHO PENSIONAL DE SERVIDORES PUBLICOS 2. CRITERIO DE INTERPRETACIÓN INTERMEDIO DEL CONSEJO DE ESTADO SOBRE LOS FACTORES SALARIALES DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ORDEN NACIONAL 3. CRITERIO DE INTERPRETACIÓN RESTRINGIDO DEL CONSEJO DE ESTADO SOBRE LOS FACTORES SALARIALES DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ORDEN NACIONAL 4. CRITERIO DE INTERPRETACIÓN AMPLIO DEL CONSEJO DE ESTADO SOBRE LOS FACTORES SALARIALES DE SERVIDORES PÚBLICOS DE ORDEN NACIONAL CONCLUSIONES REFERENCIASPregradoAbogad

    Transición de pensiones del Régimen general en el Estado social de derecho

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    Luego de efectuar un análisis dinámico y estático de la jurisprudencia de las Altas Cortes, el presente trabajo pretende proponer la forma adecuada de interpretar el régimen de transición, en relación con el servidor público del régimen general dentro del sistema general de pensiones tanto para la adquisición, como la liquidación de la pensión -- Si bien existen dos posiciones jurisprudenciales que tienen como punto de encuentro los requisitos para acceder a la pensión del servidor público que se encuentra en régimen de transición, las mismas se dispersan en cuanto a la forma de liquidar la pensión -- Por lo tanto, dentro de la concepción del Estado Social de Derecho, así como de la mano de los principios de la seguridad social, se concluye que la posición jurisprudencial adoptada por la Corte Constitucional en la sentencia SU-230 de 2015, que corrobora la interpretación de la Corte Suprema de justicia, contribuye a la realización de los postulados de dignidad humana, solidaridad, trabajo, prevalencia del interés general y sostenibilidad fiscal, éste último, incorporado por el Acto Legislativo 01 de 2005 que reformó el artículo 48 de la Constitución Política que consagra el derecho a la seguridad social -- Finalmente, el presente trabajo es una propuesta académica encaminada a dar más elementos entorno a los problemas evidenciados respecto al régimen de transició

    Desarrollo legal y jurisprudencial en Colombia de las reliquidaciones pensionales desde la Ley 6ª de 1992

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    The right to social security, the right to obtain the pension and the right to have the pension repaid are considered fundamental in Colombian constitutional jurisprudence. Therefore, any ignorance of the recognition of the pension in any of its modalities to whoever acquired that right, with the full requirements required for it, or the omission of factors that affected the liquidation of it, would be incurring in the violation of the right to the pension enshrined in the Colombian Constitution and regulations. And although, article 116 of Law 6 of 1992 was declared unenforceable by Judgment C-531 of 1995, with effect only in the future, as well as Decree 2108 of 1992 that regulated article 116 declared null by the Council of State, suggests that it is the officials of the National Order who have the right to the re-liquidation ordered in the aforementioned norm, without referring to those of the Territorial Order.El derecho a la seguridad social, el derecho a obtener la pensión y el derecho a que se reliquide la pensión son considerados fundamentales en la jurisprudencia constitucional colombiana. Por eso, cualquier desconocimiento al reconocimiento de la pensión en cualquiera de sus modalidades a quien adquiriera ese derecho, con el lleno de los requisitos exigidos para ello, o la omisión de factores que afectaran la liquidación de la misma, estaría incurriéndose en la vulneración del derecho a la pensión consagrado en la Constitución y normatividad colombiana. Y aunque, el artículo 116 de la Ley 6ª de 1992 fue declarado inexequible por la Sentencia C-531 de 1995, con efectos solamente a futuro, así como el Decreto 2108 de 1992 que reglamentaba el artículo 116 declarado nulo por el Consejo de Estado, hace suponer que son los funcionarios del Orden Nacional quienes tienen derecho a la reliquidación ordenada en la norma citada, sin hacer referencia a los de Orden Territorial

    ANÁLISIS DE CRITERIOS JURISPRUDENCIALES DESARROLLADOS POR LA CORTE CONSTITUCIONAL Y EL CONSEJO DE ESTADO RESPECTO DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE PENSIÓN DE VEJEZ EN LA LEGISLACIÓN LABORAL COLOMBIANA

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    In accordance with article 48 of the Political Constitution of Colombia, Social Security is a mandatory public service that is provided under the direction, coordination and control of the State, in accordance with the principles of efficiency, universality and solidarity, in the terms established by law. It is recognized in the legal system as a fundamental constitutional right, complemented and strengthened by international conventions and treaties ratified by the Colombian State.  With the entry into force of the General Pension System SGP (Law 100 of 1993), the legislator sought to overcome the imbalances that existed between the different models and pension schemes, creating a comprehensive and general pension system, which allows the accumulation of time and weeks worked, and generates reciprocal relationships between the different pension administration entities in order to increase their executive efficiency and expand their coverageDe conformidad con el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia, la Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se presta bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley. Es reconocida en el ordenamiento jurídico como un derecho constitucional fundamental, complementado y fortalecido por los convenios y tratados internacionales que sobre la materia ha ratificado el Estado Colombiano.  Con la entrada en vigencia del Sistema General de Pensiones SGP (Ley 100 de 1993), el legislador pretendió superar los desajustes que existían entre los distintos modelos y regímenes pensionales, creando un sistema integral y general de pensiones, que permite la acumulación de tiempos y semanas trabajadas, y genera relaciones recíprocas entre las distintas entidades administradoras de pensiones con los fines de aumentar su eficiencia ejecutiva y de ampliar su cobertura

    Fundamentos para acoger el precedente de la Corte Constitucional respecto al índice base de liquidación de las pensiones que hacen parte del régimen de transición

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    This article analyzes the judicial opinions of the Council of State and the Constitutional Court regarding the base rate for the commuting of pensions under the transition regime for public servants. Subsequently, it seeks to offer some grounds that support the thesis exposed by the Constitutional Court: from the prevalence of its precedent, the balance between the rights and interests at stake under the economic analysis of the law and the principles of indubio pro operario, favorability, more beneficial condition, as well as labor inescendibility and progressivity.Este artículo analiza la línea jurisprudencial del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional sobre el índice base de liquidación de las pensiones del régimen de transición de los servidores públicos. A partir de allí, busca ofrecer algunos fundamentos que apoyan la tesis expuesta por el Tribunal Constitucional: desde la prevalencia de su precedente, la ponderación de los derechos e intereses en juego bajo una mirada del análisis económico del derecho y los principios de indubio pro operario, favorabilidad, condición más beneficiosa, inescendibilidad y progresividad laboral

    Análisis crítico a la Sentencia de Unificación 2012-00143 del Consejo de Estado

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    El artículo de análisis crítico y reflexivo, pretendió dar respuesta al interrogante general ¿Se vulneran con la Sentencia de Unificación 2012-00143 proferida por el Consejo de Estado, derechos adquiridos para el cálculo de la pensión de jubilación en lo que respecta a la aplicación del Ingreso Base de Liquidación IBL del inciso tercero del artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y los factores salariales que deben ser incluidos? Con el fin de demostrar la vulneración o no de los derechos adquiridos para el cálculo de la pensión de jubilación a partir del análisis crítico se realiza un acercamiento de referencia investigativo y teórico, así como la aproximación conceptual al tema de pensiones de jubilación y derechos adquiridos con fundamento en el contexto jurídico o normativo y la doctrina del régimen transicional, de igual formas se realiza un desarrollo jurisprudencial sobre la liquidación de la pensión de jubilación y el concepto de Estabilidad Financiera del Sistema, para llegar a la regresividad de la sentencia de unificación radicado No. 2012-00143 del 28 de agosto de 2018 de la Sala Plena del Consejo de Estado, en el amparo de derechos pensionales y factores salariales. Los resultados del análisis crítico, demuestran que para el Consejo de Estado, no incluir la totalidad de los factores salariales en la liquidación de la pensión viola el principio de favorabilidad, sin embargo, en el fallo de la sentencia objeto del análisis crítico, se sienta precedente jurisprudencial frente a la interpretación del artículo 36 de la Ley 100 de 1993, que consagra el régimen de transición pensional, en lo que respecta a la aplicación del Ingreso Base de Liquidación IBL, pudiéndose apreciar, que, se parte de unas premisas que no son absolutas y, por tanto, la conclusión no puede ser absoluta, es decir, no todo lo que el trabajador perciba como retribución a sus servicios necesariamente constituye factor salarial para ser computado en su mesada pensional.Universidad Libre Seccional Pereira -- Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales -- Especialización en Derecho AdministrativoThe article of critical and reflective analysis, intended to answer the general question: Is it violated with the Unification Judgment 2012-00143 issued by the Council of State, acquired rights for the calculation of the retirement pension with respect to the application of the Base Income of IBL Liquidation of the third paragraph of article 36 of Law 100 of 1993 and the salary factors that must be included? In order to demonstrate the violation or not of the rights acquired for the calculation of the retirement pension from the critical analysis, an investigative and theoretical reference approach is carried out, as well as the theoretical-conceptual approach to the issue of retirement pensions and rights acquired based on the Legal or Regulatory context and the doctrine of the transitional regime, likewise a jurisprudential development is carried out on the settlement of the retirement pension and the concept of Financial Stability of the System, to reach the regressivity of the sentence of unification filed No. 2012-00143 of August 28, 2018 of the Full Chamber of the State Council, under the protection of pension rights and salary factors. The results of the critical analysis, according to the Council of State, not including all the salary factors in the liquidation of the pension violates the principle of favorability, however, in the ruling of the judgment object of the critical analysis, jurisprudential precedent is set against to the interpretation of article 36 of Law 100 of 1993, which consecrates the pension transition regime, as regards the application of the IBL Settlement Base Income, being able to obtain, in addition to, part of some premises that are not absolute and, therefore, the conclusion cannot be absolute, that is, not everything that the worker perceives as compensation for his services, constituting a salary factor to be used in his pension allowance

    Línea jurisprudencial de la imprescriptibilidad en la reliquidación de la pensión por factores salariales

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    A PARTIR DEL AÑO 2003 NO HA SIDO PACIFICA LA INTERPRETACION HECHA DE SI PRESCRIBE LA ACCION QUE PRETENDE LA RELIQUIDACION DE LA PENSION POR FACTORES SALARIALES. EN COLOMBIA, CON LA CONSTITUCION DE 1991, QUE SEÑALO EN SU ARTICULO 48 QUE LA SEGURIDAD SOCIAL ES UN DERECHO IRRENUNCIABLE. SIN EMBARGO A PESAR DE DICHA APLICACION DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A PARTIR DE LA DECISION 19557 DE 2003 SOSTIENE EN ADELANTE LA TESIS QUE SEÑALA QUE LA ACCION QUE PRETENDA LA RELIQUIDACION DE LA PENSION POR FACTORES SALARIALES ESTA SOMETIDA A LA PRESCRIPCION TRIENAL, INTERPRETACION A TODAS LUCES FAVORABLE AL TRABAJADOR. EL PRESENTE TRABAJO TIENE COMO OBJETO ANALIZAR LAS DECISIONES DE LOS ORGANOS DE LA JURISDICCION ORDINARIA Y CONSTITUCIONAL PARA DE ELLOS EXTRAER LOS ARGUMENTOS QUE PERMITAN CONCLUIR QUE CON BASE EN LOS PRINCIPIOS DE FAVORABILIDAD EN LA INTERPRETACION DE LAS NORMAS A FAVOR DEL TRABAJADOR DICHA TESIS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESULTA IMPROCEDENTE Y VIOLATORIA DEL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL PROTEGIDO EN LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS

    Aplicación del acto legislativo 01 de 2005 en la liquidación de la pensión de vejez, invalidez y sobreviviente para ex trabajadores de "TELECOM"

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    La investigación consistió en hacer un análisis hermenéutico de la primera frase del párrafo sexto del artículo 1 del acto legislativo 01 de 2005 que adiciono el articulo 48 superior y que dice: "Para la liquidación de las pensiones sólo se tendrán en cuenta los factores sobre los cuales cada persona hubiere efectuado las cotizaciones”, para que al ser aplicada a las pensiones legales de los extrabajadores de TELECOM, se tengan en cuenta para el cálculo del ingreso base de liquidación (I.B.L.) no solo los factores de ley, sino también los factores extralegales sobre los cuales el ex trabajador cotizó, a la luz de esta norma superior. En ese orden de ideas, la aplicación de la frase en comento, elevaría considerablemente el monto de las pensiones legales otorgadas y por otorgar, de los extrabajadores de TELECOM, que se pensionaron y se pensionaran de forma legal

    Estudo sobre renda base de liquidação de placa para servidor beneficiários públicos de regime de transição

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    Objective: the regulation of the pension system of public employees over the years has been subject to constant structural changes in order to ensure fiscal sustainability, which has brought the issuance of several rules and abundant jurisprudence on the subject.   Methodology: in this article the jurisprudential changes presented in the interpretation are analyzed of the amount of the old-age pension to public servants covered by the transition regime.   Findings: the conflict between the principles that favor pension rights is highlighted and the principles and criteria that seek the protection of the social security system in Colombia.   Conclusions: it is concluded that, under the argument of achieving fiscal sustainability, they cannot be impaired the fundamental rights or legitimate expectations of public employees with the adoption of measures regressive that limit the materialization of a better pension, and, if done, this should be better justified, in order to ensure the legitimacy of judicial unification decisions.Objetivo: la regulación del sistema pensional de los empleados públicos a lo largo de los años ha sido objeto de constantes cambios estructurales con el objetivo de asegurar su sostenibilidad fiscal, lo que ha traído consigo la expedición de varias normas y abundante jurisprudencia sobre el tema. Metodología: en el presente artículo se analizan los cambios jurisprudenciales presentados en la interpretación del monto de la pensión de vejez a servidores públicos cobijados por el régimen de transición. Hallazgos: se destaca el conflicto que se presenta entre los principios que favorecen los derechos pensionales y los principios y criterios que buscan la protección del sistema de seguridad social en Colombia. Conclusiones: se concluye que, bajo el argumento de lograr la sostenibilidad fiscal, no pueden menoscabarse los derechos fundamentales ni las expectativas legítimas de los empleados públicos con la adopción de medidas regresivas que limiten la materialización de una mejor pensión, y, en caso de hacerse, esta debería estar mejor justificada, con el fin de asegurar la legitimidad de las decisiones judiciales de unificación.  Objetivo: a regulamentação do sistema previdenciário de funcionários públicos ao longo dos anos foi sujeita a mudanças estruturais constantes para garantir a sustentabilidade fiscal, o que trouxe a emissão de várias regras e abundante jurisprudência sobre o assunto.   Metodologia: neste artigo são analisadas as alterações jurisprudenciais apresentadas na interpretação. do montante da pensão de velhice a funcionários públicos abrangidos pelo regime de transição.   Constatações: destaca-se o conflito entre os princípios que favorecem os direitos a pensão e os princípios e critérios que buscam a proteção do sistema de seguridade social na Colômbia.   Conclusões: conclui-se que, sob o argumento de alcançar a sustentabilidade fiscal, elas não podem ser prejudicadas os direitos fundamentais ou expectativas legítimas dos funcionários públicos com a adoção de medidas regressivo que limita a materialização de uma melhor pensão e, se feito, isso deve ser justificado, a fim de garantir a legitimidade das decisões de unificação judicial

    Análisis del régimen de transición como parte del sistema de seguridad social en Colombia frente a Colpensiones

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    CD-T 331.252 2 A43a; 70 ppor medio del desarrollo del presente proyecto, podremos comprender un poco más el llamado ¿régimen de transición¿, el cual hace parte de la seguridad social si aportan o no a los derechos fundamentales como: el derecho a la vida, la dignidad humana, la integridad física y moral, al libre desarrollo de la personalidad y/o los derechos a los ciudadanos mayores, además de si ha sido equitativo, sostenible y ha sido respuesta efectiva a la problemática pensional que se ha vivido durante tantos años en nuestro país.Universidad Libre Seccional Pereir
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